Solicitud académica
Pregrado

Adicionar Asignaturas

 

Para realizar una solicitud para adicionar asignaturas en la Facultad, debes tener en cuenta los aspectos mencionados en el articulo 41 del reglamento estudiantil como:

  • Podrá inscribir asignaturas adicionales hasta la segunda semana de clases únicamente, previa solicitud ante la Secretaría Académica.

  • Cumplir con los requisitos y co-requisitos estipulados en el plan de

    estudios.

  • No se presente cruce de horarios.

  • Se cuente con el cupo disponible para la respectiva asignatura.

  • Realizar el pago de los derechos, según corresponda.

Nota: Recuerde que en el caso de cruce de horarios se cancelará la asignatura más avanzada.

Cancelar Asignaturas

 

Para realizar una solicitud para cancelar asignaturas en la Facultad, debes tener en cuenta los aspectos mencionados en el articulo 42 del reglamento estudiantil como:

  • El proceso de cancelación debe solicitarlo el alumno, por escrito.

  • No podrá cancelarse una asignatura de la cual se haya cursado el cincuenta por ciento (50 %) o más, del contenido de la misma.

  • Para presentar la solicitud debe estar a paz y salvo con todas las

    dependencias.

  • El Consejo de Facultad es quien le concede al alumno matriculado, la autorización para retirarse de una o más asignaturas.

  • La cancelación de asignaturas no genera reembolso alguno.

Incapacidades Médicas

 

Es importante, que recuerdes que La incapacidad médica o psicológica no retira las fallas por inasistencia a actividades prácticas o teóricas de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 45 del Reglamento estudiantil. De igual forma, con la finalidad de que las incapacidades médicas tengan validez desde el punto de vista académico deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Toda incapacidad será transcrita por el médico de Bienestar Universitario para ser válida ante la Secretaría Académica .

    • Para la trascripción de la misma, se debe presentara Bienestar la incapacidad original, junto con dos (2) copias. El médico a su vez, emitirá original y dos (2) copias de la transcripción.

    • Tenga en cuenta, que las incapacidades deben ser expedidas por la EPS a la cual se encuentra afiliado. En caso de ser expedida por un médico particular, ésta debe ser membreteada, con nombre, firma y registro médico de quien la expide.

    • Toda incapacidad emitida debe llegar al Bienestar Universitario para ratificación en las primeras 48 horas (de días hábiles) posteriores a su emisión.

  2. Las incapacidades por consulta psicológica, sólo podrán ser dadas por la psicóloga del bienestar universitario; no se permitirán incapacidades externas ni se harán transcripciones.

  3. Diligencie el formato de la pagina web de la secretaria y adjunte la incapacidad transcrita por bienestar y demás soportes que considere pertinente.